21 abril 2015
30 junio 2015

AVISO. IRPF 2014

21/04/2015

Advertencia sobre certificados y borradoraes del IRPF del ejercicio 2014 en relación al cobro de la parte proporcional de paga extra correspondiente a diciembre de 2012. Profesorado interino 

Aquellos funcionarios docentes que hubieran percibido durante el ejercicio 2014, en virtud de ejecución de sentencia, la parte proporcional de paga extra correspondiente a diciembre de 2012 deberán tener en cuenta que dicho pago es imputable fiscalmente al período impositivo 2014, por ser ese el año en el que la sentencia adquirió firmeza (art. 14.2.a de la Ley del IRPF, Ley 35/2006, de 28 de noviembre).

Ello implica que la forma correcta de proceder sería, incluir el íntegro percibido en ejecución de sentencia y la retención asociada, en la declaración IRPF del 2014 y no la presentación de declaración complementaria del período 2012.

Dado que ese importe figura erróneamente imputado al 2012, en los borradores y/o datos fiscales que va a remitir la Agencia Tributaria para IRPF 2014 vendrá sin incluir en los cálculos como rendimiento del 2014 y se señalará que se ha de presentar declaración complementaria del 2012. ESO NO ES CORRECTO.

Es necesario modificar el borrador incluyendo el íntegro y su retención en la declaración del 2014 y no hacer complementaria del 2012.